Así será de DNI de mascotas que entra en vigor en España

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Esta identificación debe tener el nombre, antecedentes veterinarios y los datos de su dueño del animal.

Desde el 5 de enero se encuentra en vigencia la nueva Ley de Protección y Derechos de los animales en España. Entre las obligaciones que la ley genera en los dueños de las mascotas, una de ellas es que el animal debe tener de manera obligatoria un DNI.

El objetivo de la identificación es poder saber de quien es y asegurar así sus derechos. Si bien aún no se determinó si el documento debe se físico o digital, se detalló que en el mismo deben aparecer los siguientes datos del animal: nombre, sus antecedentes veterinarios y los datos del dueño o persona de contacto.

Cabe recordar que desde el pasado miércoles las mascotas son considerados miembros de la familia en el país europeo. A partir de esta ley, tanto perros, como gatos, peces, pájaros, entre otros, son considerados “seres vivos dotados de sensibilidad”, gracias a un cambio en el estatuto jurídico de los animales de compañía indicado en una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En el Boletín Oficial del Estado se destacó: “Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección”. Además, la norma regula la custodia compartida de las mascotas en caso de separación o divorcio y las autoridades podrán acordar la participación de los dos cónyuges en los gastos del animal.

Fuente: https://as.com

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